DESPENALIZA la SCJN en Chiapas el aborto por violación


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional penalizar a mujeres víctimas de violación que abortan después de los primeros meses de embarazo.


La Primera Sala del máximo tribunal del país concedió un amparo a una menor de edad con parálisis cerebral y en condición de pobreza y marginación que fue abusada sexualmente en Chiapas.


El ministro Jorge Pardo Rebolledo, declaró inconstitucional la parte normativa del artículo 181 del Código Penal de Chiapas que impone un plazo de 90 días para poder interrumpir el embarazo sin que sea tipificado como delito.


La Primera Sala de la SCJN consideró que “esta limitación temporal para abortar en caso de violación implica un total desconocimiento de la dignidad humana y del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres gestantes, cuyo embarazo no es producto de una decisión libre y consentida, sino resultado de conductas arbitrarias y violentas que desconocen su carácter de sujeto autónomo y que por lo mismo se trata de conductas que se encuentran tipificadas penalmente y son reprochables por el Estado”.


La despenalización del aborto en México es uno de los temas más controversiales de la sociedad y actualmente, en el país, aún es ilegal el practicarse alguna interrupción del embarazo en al menos 10 estados.


Información: Milenio y SCJN