CELEBRAN ORGANIZACIONES FEMINISTAS LA DECISIÓN DE LA CORTE DE DESPENALIZAR EL ABORTO EN CHIAPAS.


 La Red Estatal en Chiapas conformada por grupos feministas confió que el Congreso del Estado y las autoridades estatales garanticen la implementación de servicios de aborto voluntario en todo el estado.


Luego de que de manera reciente la Suprema Corte ordenara al Congreso del Estado despenalizar el aborto ya que pide se garantice el derecho de las mujeres y otras personas con posibilidad de gestar a la interrupción del embarazo a más tardar durante su próximo período ordinario de sesiones.


Y es que la corte dictaminó que esa garantía se debe resolver en los términos de la Acción de Inconstitucionalidad, garantizando los derechos humanos como el derecho a decidir, a la autonomía, a la salud, a la libertad reproductiva, al libre desarrollo de la personalidad, a la dignidad humana, a la igualdad, a la privacidad y prohibición de discriminación.


Confiaron que el próximo gobernador tenga voluntad política y brinde el alcance con la acción de inconstitucionalidad y garantice el acceso a este derecho, incluso comentaron que hay personal capacitado en los centros de salud para realizar el servicio.


El 16 de mayo de 2023 las organizaciones la Red por la Justicia Reproductiva en Chiapas, México Igualitario Derribando las Barreras A.C. solicitaron a la Comisión Nacional de Derechos Humanos la presentación de una Acción de Inconstitucionalidad en contra del Código Penal para el Estado de Chiapas por mantener la criminalización del aborto, lo cual trasgrede el derecho humano a decidir de las mujeres y otras personas con posibilidad de gestar.


El 2 de junio de 2023 la CNDH presentó un escrito de demanda de Acción de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, asimismo notificó a las organizaciones promoventes su resolución y acción.


El Pleno resolvió la Acción de Inconstitucional y declaró que la prohibición absoluta del aborto voluntario viola el derecho a la igualdad y no discriminación, a la salud y al libre desarrollo de la personalidad.


La Corte invalidó el artículo 181 del Código Penal para el Estado de Chiapas por considerar que, al no permitir la interrupción del embarazo de forma voluntaria, la norma invalidada era lesiva de los derechos reproductivos de las mujeres y personas con posibilidad de gestar.